El B.O.R.M. del día de hoy publica Resolución de 29 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Economía Social, por la que se publican las fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el año 2018.
Durante el año 2018, serán festivos e inhábiles a efectos laborales en todo el ámbito del territorio de la Región de Murcia los días que se indican a continuación:
01 de Enero, Año Nuevo.
06 de Enero, Epifanía del Señor. (Festivo recuperable)
19 de Marzo, San José
29 de Marzo, Jueves Santo.
30 de Marzo, Viernes Santo.
01 de Mayo, Fiesta del Trabajo.
09 de Junio, Día de la Región de Murcia.
15 de Agosto, Asunción de la Virgen.
12 de Octubre, Fiesta Nacional de España.
01 de Noviembre, Todos los Santos.
06 de Diciembre, Día de la Constitución Española.
08 de Diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de Diciembre, Natividad del Señor.
Además de los días indicados anteriormente, cada uno de los Ayuntamientos de la Región de Murcia han aprobado sus dos fiestas de ámbito Local para el año 2018, por tanto, esos días serán festivos dentro de los límites del término municipal correspondiente. Las fiestas de ámbito Local las pueden consultar en la Resolución publicada, que les adjuntamos.
Día festivo laboral recuperable.
Durante el año natural 2018, los trabajadores recuperarán un día de trabajo, el correspondiente al sábado 6 de enero, la forma de recuperación horaria y su periodo de aplicación, se pactará entre los trabajadores y la empresa, cumpliendo la normativa que les es de aplicación. El tiempo de recuperación ha de pertenecer a días laboralmente hábiles del año 2018.
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