Abellán Asesores Murcia

En 2012 la indemnización por finalización de obra o eventual es de 9 días

Os recordamos que según la modificación que se estableció por la Ley 35/2010 de reforma laboral, en el 2012, los contratos de obra y servicios y los eventuales, tendrán una indemnización de 9 días por año trabajado, y no de 8 como sucedía en años anteriores.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA DECIMOTERCERA. Indemnización por finalización de contrato temporal.

La indemnización prevista a la finalización del contrato temporal establecida en el artículo 49.1.c) de esta Ley se aplicará de modo gradual conforme al siguiente calendario: