La cuestión versaba sobre como proceder en el trámite para la obtención del certificado de firma electrónica de la FNMT para una persona jurídica, cuando su administrador no podía personarse en la oficina de acreditación. Me parece increíble, que un funcionario que su cometido es gestionar estos certificados no conozca, que cuando el administrador no puede personarse ante él, puede firmar la solicitud del certificado de la FNMT ante notario el cual legitimará su firma y junto con el certificado del registro mercantil de su cargo ya se puede cerrar todo el procedimiento.
Por ello, si sois administradores de una mercantil, y os ha llegado la carta de hacienda como que os han incluido en la DEH (Dirección Electrónica Habilitada), y os es imposible hacer presencia ante Hacienda para la acreditación, podéis seguir este procedimiento:
1. Solicitud certificado de persona jurídica, para ello entre Aqui , una vez solicitado imprima una copia.
2. Firmar la solicitud de Registro y legitimar la firma ante notario. Muy importante es saber, que si la mercantil tiene administradores mancomunados, deben firmar la solicitud todos ellos.
3. Solicitud al registro mercantil correspondiente relativo a su nombramiento y vigencia de su cargo. Tener cuidado con esto, ya que sólo tiene una vigencia de 10 días hábiles, por lo tanto ojo que no se os pase el plazo.
4. Con la documentación anterior, cualquier persona sin más poderes, se puede personar en la oficina de acreditación de Hacienda y terminar con el trámite.
5. A partir del día siguiente ya se puede descargar el certificado.
Si en la Agencia tributaria os atiende algún funcionario que desconoce este procedimiento, insistir que se puede realizar de esta manera y que se informe con su superior o algún compañero más ducho en la materia.