Servicio del hogar familiar
A partir del 1 de enero de 2012
¿Qué cambia?
En las relaciones laborales:
Acercamiento al régimen legal de la relación laboral común: contratación, salarios, horarios, vacaciones, etc.
En materia de cotización:
Corresponderá siempre al empleador la obligación de dar de alta y cotizar. Habrá un periodo transitorio de cinco años para equiparar la cotización al Régimen General de la Seguridad Social.
Más Información:
- Nueva regulación.
- Preguntas más frecuentes.
- Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General.
- Modelos relacionados.
- Descargar folleto informativo.
Modelos relacionados
- Modelo de contrato indefinido.
- Modelo de contrato de duración determinada.
- Modelo de nómina. |
- Modelo TA.2/S-0138 Solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador/a por cuenta ajena en el Régimen General – Sistema Especial para Empleados de Hogar.
- Modelo TA.2/T – 0138 Solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador/a por cuenta ajena en el Régimen General – Sistema Especial para Empleados de Hogar – a instancia del trabajador/a.
- Modelo TA.6 – Solicitud de inscripción en el sistema de la Seguridad Social.
- Modelo TA.7 – Solicitud de alta, baja y variación de datos de cuenta de cotización.
- TA-HOGAR – Comunicación de datos para inclusión en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General para empleadores y trabajadores procedentes del REEH. Apertura de nuevo CCC y alta del trabajador. (válido hasta 30-06-2012).
Regularice su situación aquí: http://www.abellanasesores.com/empleados-de-hogar.html