Ampliación del próximo plazo de presentación de declaraciones con domiciliación bancaria del pago

Ante las dificultades de acceso a la sede electrónica provocadas por la fuerte demanda de los servicios de asistencia puestos a disposición de los ciudadanos en la Campaña de Renta 2011, se están tramitando las modificaciones normativas precisas para prorrogar dos días el próximo plazo de presentación de declaraciones con domiciliación bancaria del pago.

La medida afectará a los modelos de declaración más importantes, que a continuación se relacionan, cuyo próximo plazo de presentación con domiciliación bancaria se prorrogará del 15 de abril al 17 de abril de 2012.
Al mismo tiempo, se continúan tomando medidas para garantizar el normal acceso a todos los servicios de la sede electrónica y, en particular, a la presentación de las declaraciones.
Lamentamos profundamente los inconvenientes que esta situación está generando.

RELACIÓN DE MODELOS DE DECLARACIÓN CUYO PRÓXIMO PLAZO DE PRESENTACIÓN CON DOMICILIACIÓN BANCARIA DEL PAGO SE PRORROGARÁ HASTA EL 17 DE ABRIL DE 2012.

Modelo 111. IRPF. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.
Modelo 115. IRPF. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. 
Modelo 123. IRPF, IS e IRNR (establecimientos permanentes). Retención e ingreso a cuenta. Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas.
Modelo 130. IRPF. Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Declaración – Liquidación.
Modelo 131. IRPF. Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva. Declaración – Liquidación.
Modelo 202. IS. Pago fraccionado régimen general.
Modelo 222. IS. Pago fraccionado Régimen de Tributación de los Grupos de Sociedades.
Modelo 303. IVA. Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación.
Modelo 310. IVA. Régimen simplificado.
Modelo 353. IVA. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual.
Modelo 560. IIEE. Impuestos sobre la electricidad.
Modelo 561. IIEE. Impuestos sobre la cerveza.
Modelo 562. IIEE. Impuestos sobre productos intermedios.
Modelo 563. IIEE. Impuestos sobre alcohol y bebidas derivadas.
Modelo 564. IIEE. Impuestos sobre hidrocarburos.
Modelo 566. IIEE. Impuestos sobre labores del tabaco.

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Desde 1.995 ofrecemos a autónomos y pymes asesoramiento fiscal, contable y laboral.
Francisco J. Sánchez Abellán, Graduado Social colegiado nº 1296, creó hace 17 años ABELLAN ASESORES, y en esta larga trayectoria hemos ido formándonos y acumulando una gran experiencia que nos permite prestar un servicio de asesoría óptimo y de calidad.

En el año 2.008 lanzamos nuestra plataforma de contabilidad online, fruto de la petición de varios clientes que quería ahorrar tanto en costes de asesoría como en costes de adquisición y mantenimiento de software. Con esta plataforma, nuestros clientes conseguían contabilizar las facturas en nuestro sistema, sin conocimientos de contabilidad y sin la necesidad de adquisición de programas costosos de contabilidad. Al realizar parte del trabajo que nosotros realizamos, podemos rebajar notablemente las facturas a nuestros clientes.
Es por ello, que no sólo somos una asesoría online, somos una asesoría presencial con una plataforma online. Nos adaptamos a nuestros clientes, ofreciendo asesoría presencial tradicional, asesoría online, o una combinación de las dos, con lo que nos permite prestar nuestros servicios en toda la geografía Española.
El cliente que se decida a trabajar con nuestra plataforma online, puede estar totalmente tranquilo con las facturas que introduce, ya que todas y cada una de ellas son supervisadas por nuestro departamento de contabilidad, y si detectamos cualquier incoherencia nos ponemos en contacto inmediatamente con el cliente para corregir el error.

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