La consulta de este cliente domiciliado en Alcantarilla versa sobre como influye en su subsidio de desempleo el hecho de realizar un trabajo a tiempo parcial.
Respuesta: Según el art. 221 del R D Legislativo 1/1994, de 20 de junio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, La prestación o el subsidio por desempleo serán incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, o con el trabajo por cuenta ajena, excepto cuando éste se realice a tiempo parcial, en cuyo caso se deducirá del importe de la prestación o subsidio la parte proporcional al tiempo trabajado.
Por lo tanto, el subsidio por desempleo serán compatibles con el trabajo retribuido por cuenta ajena a tiempo parcial en cuyo caso se deducirá del importe de la prestación -o subsidio- la parte proporcional al tiempo trabajado.
En el caso consultado por nuestro cliente, el trabajo que va a desarrollar es de 4 horas semanales, por lo que supone un 10% de la jornada a tiempo completo, y por consiguiente ese 10% será la reducción a aplicar a su subsidio de desempleo
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