
La base de la deducción se eleva de 9.015 a 9.040 euros anuales para adquisición, rehabilitación y cantidades depositadas en cuenta vivienda.
En el caso de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad, la base de deducción se eleva de 12.020 a 12.080 euros anuales. Esta base máxima de deducción es independiente de la fijada para los demás conceptos deducibles por inversión en vivienda habitual.
– DEDUCCIÓN POR ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL.
Los contribuyentes podrán deducir el 10,05 % de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales,además de las deducciones autonómicas que por este concepto pudiera haber aprobado cada Comunidad Autónoma para el ejercicio 2011.
La base máxima sobre la que se aplica esta deducción es de:
a. 9.040 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales.
b. 9.040 – [1,4125 x (BI – 17.707,20)], cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales.
– DEDUCCIÓN POR OBRAS DE MEJORA EN VIVIENDAS.
Existen dos regímenes de deducción diferentes en función del intervalo temporal en el que las obras se realicen.
1) Obras realizadas y cantidades satisfechas entre el 14 de abril de 2010 y el 6 de mayo de 2011:
– Se aplica lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo novena de la Ley de Renta, en la redacción dada por el artículo 1 del Real Decreto Ley 6/2010, de 9 de abril de 2010.
– La deducción se restringe a las obras efectuadas en la vivienda habitual del contribuyente.
– Pueden aplicar esta deducción los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 euros anuales.
La base máxima anual por declaración de esta deducción será de:
a) Cuando la base imponible del contribuyente sea igual o inferior a 33.007,20 euros anuales, la base máxima de deducción es de 4.000 euros anuales.
La base acumulada de la deducción correspondiente a los períodos impositivos en que esta sea de aplicación (desde el 14 de abril de 2010 hasta el 6 de mayo de 2011) no podrá exceder de 12.000 euros por vivienda habitual.
El porcentaje de deducción aplicable sobre la base de deducción, en los términos anteriormente comentados, es del 10 %.
2) Obras realizadas y cantidades satisfechas desde el 7 de mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012:
– Se aplica la nueva regulación introducida en la disposición adicional vigésimo novena de Ley IRPF por el Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril.
– Esta nueva regulación amplía, respecto a la anterior, el ámbito objetivo de la deducción a las obras efectuadas en cualquier vivienda, no solo en la vivienda habitual, o en el edificio en que esta se encuentre, siempre que sea propiedad del contribuyente y no esté afecta a actividades económicas, y se incrementa tanto el límite de importe de la base imponible para acceder a la deducción como la cuantía de la misma.
– Podrán aplicar la presente deducción los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 71.007,20 euros anuales.
La base máxima anual por declaración de esta deducción será de:
a) Cuando la base imponible del contribuyente sea igual o inferior a 53.007,20 euros anuales, la base máxima de deducción es de 6.750 euros anuales.
La base acumulada de la deducción correspondiente a los períodos impositivos en que esta sea de aplicación (a partir del 7 de mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012) no podrá exceder de 20.000 euros por vivienda.
El porcentaje de deducción aplicable sobre la base de deducción, en los términos anteriormente comentados, es el 20 %.
Incompatibilidad con la deducción por inversión en vivienda habitual.
Speak Your Mind