Hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Una de las medidas que más va a traer dolores de cabeza a los trabajadores, va a ser sin duda, la eliminación de los salarios de tramitación en los despidos declarados improcedentes y siempre que el empresario decida pagar la indemnización fijada en sentencia.
Esto, sin duda, va a hacer que el empresario pueda despedir a un trabajador, sin reconocer la improcedencia, la cual también se ha eliminado, al suprimirme por esta reforma los llamados despidos express. Podíamos pensar que es una faena para los empresarios, pero si lo miramos bien, no es así.
Ahora el empresario, gana hasta tiempo para recaudar la indeminzación (una media de unos 4 meses para tener la sentencia) y no como anteriormente pasaba, que para despedir a un trabajador reconociendo la improcedencia había que poner el dinero encima de la mesa, y ahora sin tener la incertidumbre de si tendré que pagar los salarios de tramitación, los cuales han sido eliminados por esta reforma.
Resumiendo, ahora los empresarios cuando no tengan causa justa para despedir, van a despedir igual y además van a estar tranquilos por los salarios de tramitación, el coste va a ser el mismo para ellos, y además van a tener tiempo de sobra para juntar esos euros de la indemnización.
En cambio los trabajadores despedidos, van a ver mermados sus bolsillos, ya que antes todos estos despidos express se acababan en la sede de la empresa con la puesta a disposición de la indemnización, ahora con la reforma, si quieren cobrar la indemnización hay que acabar en sede judicial, y por lo tanto a contratar abogados y graduados sociales.
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