Como sabéis, se está planteando desde el Gobierno el llamado proceso de desescalada que supone el camino para la progresiva reapertura de negocios y permitir la movilidad de las personas. Esto se realizará en varias fases según se ha anunciado. Sin embargo, queremos que tengáis claras una serie de cuestiones importantes:
? Lo que se ha anunciado por el Presidente del Gobierno es precisamente el anuncio del plan, habiendo esbozado una serie de características generales. La puesta en marcha efectiva del plan de desescalada y sus fases requiere de la aprobación de las órdenes ministeriales necesarias, como así se indica en el propio plan. Por lo tanto, hasta que no se aprueben y publiquen dichas normas el plan no está en vigor. De esta forma, tanto las actividades como las fechas comentadas en el anuncio son únicamente orientativas, no son una certeza.
? Siguiendo con lo anterior, a día de hoy no conocemos exactamente qué actividades ni en qué condiciones podrán abrir el próximo lunes 4 de mayo. Por lo tanto, rogamos que tengáis prudencia a la hora de informar o publicitar la reapertura. En el momento en que se publique la norma pertinente os informaremos, aunque sea en fin de semana.
? No se conocen exactamente cuáles van a ser las medidas de seguridad necesarias para abrir cada tipo de negocio.
? Hay que tener en cuenta posibles consecuencias de la reapertura, como son las siguientes:
➡️ Prestación por cese de actividad de autónomos: a nuestro entender, y según lo dispuesto en la norma, mientras siga vigente el Estado de Alarma la prestación no se perdería porque el empresario autónomo volviera al trabajo. Pero hay algunas Mutuas, que son las que pagan la prestación, que esto lo están poniendo en duda. El Gobierno no ha aclarado nada al respecto, por lo que pueden producirse situaciones problemáticas. Nuestro parecer con la norma en la mano es que no se perdería la prestación, pero avisamos que si no se aclara oficialmente, puede haber Mutuas que pongan problemas.
➡️ Trabajadores en situación de ERTE: en el momento en que el trabajador que esté en un ERTE sea llamado a trabajar, causará baja del ERTE y la empresa tendrá, desde ese día, que volver a pagar salario y seguridad social, con independencia de la rentabilidad que le genere el puesto de trabajo. Los ERTE están aprobados hasta el final del Estado de Alarma, por lo que hay que tener la precaución de no apresurarse a llamar a los empleados que no sean estrictamente necesarios en cada momento, hasta que finalice el Estado de Alarma (de momento hasta el 9 de mayo).
Por todo ello, os rogamos tengáis prudencia a la hora de publicitar la reapertura y, sobre todo, valoréis bien la situación a la hora de ir incorporando empleados mientras dure el Estado de Alarma, para no perder los beneficios del ERTE innecesariamente. Os iremos informando de inmediato cuando se publiquen las normas correspondientes.
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