PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO DE JOVENES DE EDAD IGUAL O MENOR DE 35 AÑOS EN SITUACIÓN LEGAL DE DESEMPLEO.(art.1, Ley 6/2011)
Los contribuyentes de edad igual o menor de 35 años podrán deducirse la cantidad de 300 euros en situación legal de desempleo que causen alta por primera vez en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
Requisitos:
– Que la actividad se desarrolle principalmente en la Comunidad Autónoma de Murcia.
– Que el contribuyente se mantenga en el citado censo durante al menos un año desde el alta.
– El contribuyente deberá ejercer la actividad económica de forma personal, habitual y directa, debiendo constituir su principal fuente de renta a partir de la fecha del alta en el censo.
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