Están obligados a declarar (sea confirmando un borrador o presentando una declaración), todos los contribuyentes, personas físicas residentes en España, excepto los contribuyentes que hayan percibido, exclusivamente, rentas procedentes de:
- Rendimientos de trabajo personal, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales. Si se perciben rendimientos de más de un pagador, pensiones compensatorias o anualidades por alimentos, rendimientos del trabajo sometidos a un tipo fijo de retención o el pagador no está obligado a retener, el límite estará en 11.200 euros.
- Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.
- Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial, con límite conjunto de 1.000 euros anuales.
No tendrán que presentar declaración en ningún caso quienes obtengan rendimientos del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
Aunque no resulten obligados a declarar, tienen que confirmar borrador o presentar declaración todos los contribuyentes que tengan derecho a recibir una devolución.
Están obligados a presentar declaración en modelo ordinario (no pueden utilizar el borrador):
- Los contribuyentes que desarrollen actividades económicas (empresarios, profesionales, agricultores, ganaderos, etc)
- Quienes perciban rendimientos del capital mobiliario no sujetos a retención o ingreso a cuenta
- Quienes hayan tenido ganancias patrimoniales no sujetas a retención o ingreso a cuenta y cualquier tipo de subvención calificada como rendimiento de actividades económicas
- Los contribuyentes con imputación de rentas inmobiliarias que procedan de más de ocho inmuebles
- Los contribuyentes perceptores de rendimientos del capital inmobiliario, en todos los casos y /o de rendimientos derivados del arrendamiento o cesión de bienes.
- Los socios, herederos, comuneros o partícipes de entidades en régimen de atribución de Rentas que realicen actividades económicas.
En abellansesores.com podemos ayudarle a cumplir con su obligación de presentar la declaración de la renta. Mas información AQUI
Speak Your Mind